El Ministerio del Trabajo el 18 de julio de 2022 mediante la Resolución 2764, estableció los instrumentos y guías mínimas obligatorias para la identificación, evaluación, monitoreo e intervención de los factores de riesgo psicosocial.
Las evaluaciones psicosociales deben realizarse de manera periódica anualmente o cada dos años de acuerdo al nivel de riesgo psicosocial de la organización y debe estableserce a partir del inicio de la ejecución de las acciones de intervención y control, las cuales deberán hacerse de manera inmediata.
Se debe tener presente que es de obligatorio cumplimiento del empleador la aplicación de la batería de instrumentos para la evaluación de los riesgos psicosociales.
Padilla & Compañía
Asesores Jurídicos Empresariales
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